APORTE ESTATAL PARA EMPRESAS QUE CONTRATAN NUEVOS EMPLEADOS

El decreto 215/022 incorpora medidas para estimular la contratación de trabajadores de
entre 30 y 44 años.

Se dispone un aporte estatal mensual no reembolsable para las empresas que contraten nuevos trabajadores entre el 1 de julio y el 1 de octubre de 2022. Este aporte será utilizado para el pago de las obligaciones con BPS y consiste en un monto máximo de 5.000 pesos por cada nuevo trabajador incorporado, que se aplicará durante los meses que correspondan, desde agosto a diciembre de 2022, a partir de que este ingrese.

Además de contar con la edad mencionada al momento de la contratación, los nuevos trabajadores deberán tener, al menos, seis meses en situación de desempleo forzoso en el período inmediato anterior.

Quedarán comprendidas en el beneficio las empresas que:

– Contraten trabajadores por 44 o 48 horas semanales. En caso de que la contratación corresponda a períodos menores, el aporte se prorrateará por las horas efectivamente realizadas, con un mínimo de 20 horas semanales.

– Se encuentren en situación regular de pagos ante el Banco de Previsión Social y la Dirección General Impositiva.

– No hayan rescindido unilateralmente contratos laborales ni enviado al seguro por desempleo trabajadores de igual categoría2 durante los noventa días anteriores a la contratación.

Las empresas deberán gestionar su inclusión en el beneficio a través de la plataforma VíaTrabajo del MTSS.