Por Cr. Javier Domínguez Raggio

En función de la Ley 19.689, El Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP) a través de su Programa de Promoción a Emprendimientos Juveniles otorga un subsidio del 50% de los aportes patronales de Contribuciones Especiales de Seguridad Social por un plazo de 18 meses.

Dichas empresas deberán haber iniciado actividades desde el año 2016, y deberán estar integradas por jóvenes de 18 a 29 años al 01/01/2019,

Asimismo, las mismas deberán estar incluidas en el régimen de aportación Industria y Comercio, Rural o Construcción

Es requisito que los beneficiados se encuentren en situación regular de pago ante BPS, DGI y MTSS.

El monto del subsidio podrá alcanzar un valor máximo de 15 BFC (Base Ficta de Contribución) mensuales y podrá incrementarse en 5 BFC cuando los titulares o la mitad más uno pertenezcan a los siguientes colectivos de población específica:

– Mujeres jóvenes.
– Jóvenes con vulnerabilidad socio económica – de acuerdo al art. 2 de la Ley 18.227 de 22/12/2007 y su reglamentación.
– Jóvenes con discapacidad – de acuerdo a lo dispuesto en el Registro de Personas con Discapacidad perteneciente a la Comisión Nacional Honoraria de la Discapacidad y la normativa vigente.